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¿Cuál es la responsabilidad de los socios en una sociedad limitada (S.L.)?

Publicado por Francisco Aranda Jiménez el junio 10, 2024

¿Cuál es la responsabilidad de los socios en una sociedad limitada (S.L.)?

En una Sociedad Limitada (S.L.), a priori, la responsabilidad de los socios es limitada al capital que hayan aportado a la empresa. Esto significa que, en caso de que la empresa tenga deudas, los socios no responden con su patrimonio personal más allá de la cantidad que hayan invertido.

Esta característica es una de las principales ventajas de las S.L., ya que protege el patrimonio personal de los socios y limita el riesgo empresarial.

Ahora bien, de acuerdo a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y demás normativa tributaria, con frecuencia, los administradores y apoderados de sociedades se encuentran con reclamaciones o demandas de derivación de responsabilidad, pretendiendo cobrarles deudas societarias (especialmente la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social, así como otras entidades que han visto impagados sus créditos).

Para evitar esto, es importante cumplir con las exigencias de la propia normativa tributaria, presentando las correspondientes declaraciones; cumpliendo además con la normativa de presentación de CCAA en el Registro Mercantil. El simple incumplimiento por la no presentación ya es motivo sancionable frente al administrador o apoderado.

Es fundamental conocer las alternativas que pone en nuestras manos la normativa mercantil, posibilitando la presentación soluciones alternativas que permitan dar soluciones a problemas de crisis empresarial. Todo encaminado a evitar cualquier derivación de responsabilidad.

Importancia de entender la responsabilidad de los socios:

Es fundamental que los socios de una S.L. comprendan bien sus responsabilidades para poder tomar decisiones informadas y proteger su patrimonio personal.

Entender la responsabilidad de los socios también es importante para la gestión de la empresa, ya que los socios deben actuar de manera responsable y diligente para evitar incurrir en responsabilidades adicionales.

Es relevante tener en cuenta que, desde el 19 de octubre de 2022, el capital mínimo para constituir una sociedad limitada es de 1 euro. Sin embargo, si el capital social es inferior a 3.000 euros, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el capital aportado y los 3.000 euros en caso de que la sociedad se liquide y su patrimonio sea insuficiente para pagar sus deudas.

1. ¿Qué es una Sociedad Limitada (SL)?

Imagen de unos socios en su empresa de sociedad limitadaUna Sociedad Limitada (SL) es un tipo de sociedad mercantil en España, caracterizada por la limitación de la responsabilidad de los socios al capital que hayan aportado. Esto significa que, en caso de que la sociedad tenga deudas, los socios no responderán con su patrimonio personal, es decir, con sus casas, coches, ahorros, etc.

Características principales de una Sociedad Limitada

  • Número de socios: Mínimo de un socio, sin límite máximo.
  • Responsabilidad de los socios: Limitada al capital aportado.
  • Capital social: Mínimo de 1 euro desde el 19 de octubre de 2022.
  • Formación: Mediante escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.
  • Órganos de gobierno: Junta General y administrador o administradores.
  • Fiscalidad: Impuesto de Sociedades.

Diferencias entre una SL y otras sociedades mercantiles

  • Sociedad Anónima (SA): El capital está dividido en acciones, y la responsabilidad de los socios se limita al valor de las acciones que posean. El capital mínimo es de 30.000 euros.
  • Sociedad Unipersonal: Es un tipo de SL con un solo socio.
  • Sociedad Colectiva: Los socios responden con todo su patrimonio personal de las deudas de la sociedad.
  • Sociedad Comanditaria: Existen dos tipos de socios: colectivos (responden con todo su patrimonio) y comanditarios (su responsabilidad se limita al capital aportado).

Para constituir sociedades limitadas, es recomendable contactar con una asesoría para empresas como Afixcal, la cual ofrece servicios integrales, desde crear una empresa hasta otras cuestiones jurídicas, laborales, contables y fiscales.

2. Tipos de responsabilidad de los socios

La responsabilidad de los socios puede variar conforme a varios factores. Así, respecto a la cantidad económica, la responsabilidad podría ser limitada o ilimitada. Por otro lado, dependiendo del orden en el que afecta a los socios, esta podría clasificarse como solidaria o subsidiaria.

Responsabilidad limitada

La responsabilidad de los socios en una Sociedad Limitada (SL) se caracteriza por limitarse al capital aportado. En otras palabras, los socios de una SL no responden con su patrimonio personal cuando la empresa contrae deudas sociales. En resumen, la responsabilidad limitada de los socios en una SL ofrece protección al patrimonio personal de los inversores, siempre que se cumplan las obligaciones y se evite el fraude.

Responsabilidad ilimitada

La responsabilidad ilimitada de los socios es un tipo de responsabilidad que implica que los socios de una empresa son personalmente responsables de las deudas y obligaciones contraídas por la sociedad. Esto significa que, si la empresa no puede pagar sus deudas, los acreedores pueden ir tras los bienes personales de los socios para cobrar el dinero.

En otras palabras, los socios responden con todo su patrimonio, presente y futuro, por las deudas de la empresa. Tal situación sucede con las sociedades colectivas o las unipersonales irregulares.

Responsabilidad solidaria

La responsabilidad solidaria de los socios es un tipo de responsabilidad que implica que varios socios de una empresa son responsables, de forma conjunta e individual, de las deudas y obligaciones contraídas por la sociedad. Esto significa que, si la empresa no puede pagar sus deudas, los acreedores pueden perseguir a cualquiera de los socios para cobrar el dinero, y no solo a uno en particular.

En otras palabras, cada socio responde por la totalidad de la deuda, no solo, por una parte, proporcional. Así sucedería con las sociedades colectivas o con los administradores de sociedades de responsabilidad limitada, los cuales pueden ser responsables de forma solidaria.

Responsabilidad subsidiaria

La responsabilidad subsidiaria es un tipo de responsabilidad que implica que una persona o entidad es responsable de una deuda u obligación contraída por otra persona, pero solo después de que se haya intentado sin éxito cobrar al deudor principal. En otras palabras, el responsable subsidiario solo responde si el deudor principal no puede o no quiere pagar la deuda.

Esta responsabilidad puede aplicarse en varias situaciones, como el caso de los avales, fiadores, etc.

3. Situaciones especiales de responsabilidad

Imagen de un socio reunido con los demás socios de la sociedad limitada que tiene en común.La responsabilidad limitada de los socios es una de las principales características de las sociedades de responsabilidad limitada (SL) y las sociedades colectivas. Sin embargo, existen ciertas situaciones en las que esta responsabilidad puede ser levantada, exponiendo a los socios a responder con todo su patrimonio personal por las deudas de la sociedad.

En España, las principales situaciones en las que la responsabilidad limitada de los socios puede ser levantada son:

  • Actos y omisiones ilegales o abusivas: Si un socio actúa de manera ilegal o abusiva en beneficio propio o de un tercero, en perjuicio de la sociedad o de sus acreedores, puede ser considerado responsable de forma ilimitada por los daños causados.
  • Insolvencia culpable: Si se demuestra que los socios han actuado de forma negligente o con dolo en la gestión de la sociedad, llevando a la misma a la insolvencia, pueden ser considerados responsables de forma ilimitada por las deudas contraídas.
  • No inscripción en el Registro Mercantil: En el caso de las sociedades colectivas, si la sociedad no se inscribe en el Registro Mercantil en el plazo de seis meses desde su constitución, los socios responden de forma ilimitada por las deudas contraídas durante ese período.
  • No aportación del capital social: Si un socio no aporta su parte del capital social o lo hace de forma incompleta, puede ser responsable de forma ilimitada por las deudas contraídas en proporción a la parte del capital no aportado.

Es recomendable contactar con asesorías como Afixcal, la cual ofrece servicios integrales a las empresas, desde su constitución hasta otras cuestiones jurídicas, laborales, contables y fiscales.

4. Obligaciones Legales y Fiscales de los Socios

Los socios de una empresa, ya sea una sociedad de responsabilidad limitada (SL) o una sociedad colectiva, tienen una serie de obligaciones legales y fiscales que deben cumplir para evitar problemas legales y financieros.

Imagen de una reunión de socios de una empresa de sociedad limitada

Obligaciones legales

  • Gestión de la sociedad: Los socios deben participar en la gestión de la sociedad de acuerdo a lo establecido en los estatutos sociales. Esto incluye asistir a las juntas generales, votar sobre las decisiones importantes y cumplir con los acuerdos adoptados.
  • Llevanza de libros contables: Los socios deben llevar una contabilidad adecuada de las actividades de la sociedad, incluyendo la presentación de las declaraciones fiscales correspondientes.
  • Depósito de cuentas anuales: Los socios deben depositar las cuentas anuales de la sociedad en el Registro Mercantil en el plazo legal establecido.
  • Cumplimiento de la normativa laboral: Los socios deben cumplir con la normativa laboral aplicable a los trabajadores de la sociedad, incluyendo el pago de las nóminas, la contratación de personal y la prevención de riesgos laborales.

Obligaciones fiscales

  • Declaración del Impuesto sobre Sociedades: Las sociedades de responsabilidad limitada (SL) deben presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades, en la que se declara el beneficio obtenido por la sociedad durante el ejercicio fiscal.
  • Declaración del impuesto sobre la renta: Los socios deben declarar en su impuesto sobre la renta los dividendos que hayan recibido de la sociedad.
  • Retención e ingreso del IRPF: La sociedad debe retener e ingresar en la Agencia Tributaria el IRPF correspondiente a los dividendos pagados a los socios.
  • Impuesto sobre el valor añadido (IVA): Las sociedades que realicen actividades sujetas al IVA deben presentar las declaraciones correspondientes y pagar el IVA a la Agencia Tributaria.
  • Otras obligaciones fiscales: Dependiendo de la actividad de la sociedad, pueden existir otras obligaciones fiscales específicas, como el pago de impuestos especiales o el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el comercio exterior.

Es recomendable contactar con asesorías como Afixcal, la cual ofrece servicios integrales a las empresas, desde su constitución hasta otras cuestiones jurídicas, laborales, contables y fiscales.

5. Cómo Protegerse Legalmente como Socio

Los socios de una empresa, ya sea una sociedad de responsabilidad limitada (SL) o una sociedad colectiva, tienen una responsabilidad limitada por las deudas de la sociedad. Sin embargo, existen ciertas medidas que los socios pueden tomar para proteger aún más su patrimonio personal.

  • Inscribir correctamente la sociedad: La inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil es fundamental para que la responsabilidad limitada de los socios sea efectiva. Si la sociedad no está inscrita, los socios pueden ser considerados responsables de forma ilimitada por las deudas contraídas.
  • Establecer cláusulas de limitación de responsabilidad en los estatutos sociales: Es posible incluir cláusulas en los estatutos sociales que limiten la responsabilidad de los socios por determinadas acciones o decisiones. Estas cláusulas deben ser claras y precisas, y deben estar de acuerdo con la normativa legal vigente.
  • Contratar seguros: Existen seguros específicos para empresas que pueden cubrir los daños causados por terceros o por errores en la gestión de la sociedad. Contratar estos seguros puede ayudar a proteger el patrimonio personal de los socios en caso de que se produzca un siniestro.
  • Separar los bienes personales de los bienes de la sociedad: Es importante mantener una separación clara entre los bienes personales de los socios y los bienes de la sociedad. Esto ayudará a evitar que los acreedores de la sociedad puedan ir tras los bienes personales de los socios.
  • Obtener asesoramiento legal: Es recomendable consultar con una asesoría legal como Afixcal, con abogados y asesores fiscales que pueden proporcionar asesoramiento legal sobre las mejores formas de proteger el patrimonio personal como socio. Un abogado puede ayudar a los socios a elegir la estructura legal más adecuada para su negocio y a redactar los estatutos sociales de forma que se proteja su responsabilidad.

Imagen de dos socios trabajando en su empresa de sociedad limitada

Volviendo a las cláusulas de limitación de responsabilidad cabría tomar las siguientes decisiones:

  • Exclusión de responsabilidad por actos de otros socios: Esta cláusula establece que un socio no es responsable de las deudas contraídas por otros socios.
  • Exclusión de responsabilidad por errores en la gestión ordinaria: Esta cláusula establece que un socio no es responsable de las deudas contraídas como consecuencia de errores en la gestión ordinaria de la sociedad.
  • Limitación de responsabilidad a una cantidad determinada: Esta cláusula establece que la responsabilidad de un socio por las deudas de la sociedad queda limitada a una cantidad determinada.
  • Es importante tener en cuenta que las cláusulas de limitación de responsabilidad no pueden excluir la responsabilidad de los socios por actos ilegales o negligentes.

En este sentido, es recomendable contactar con asesorías como Afixcal, la cual ofrece servicios integrales a las empresas, desde su constitución hasta otras cuestiones jurídicas, laborales, contables y fiscales.

6. Ejemplo de responsabilidad de los socios en una sociedad limitada

Imaginemos una sociedad limitada (SL) llamada «Panadería Artesanal» formada por dos socios, María y Pedro. La sociedad tiene un capital social de 3.000 €, de los cuales María aportó 2.000 € y Pedro 1.000 €. Esta sociedad deja impagado el IVA del último trimestre de funcionamiento por la cantidad de 1.700,00 €.

La panadería funciona bien durante algunos años, pero luego comienza a tener problemas financieros debido a una disminución en la demanda y un aumento en los costos de producción. Los socios intentan buscar soluciones, pero finalmente se ven obligados a declararse en quiebra. La deuda total de la sociedad asciende a 6.700 €, de los cuales 1.700,00 euros corresponden a crédito público.

¿Cómo se reparte la responsabilidad en este caso?

En una sociedad limitada, la responsabilidad de los socios por las deudas de la sociedad está limitada al capital social aportado. En este caso, la responsabilidad total de los socios sería de 3.000 €, ya que ese es el total del capital social.

Sin embargo, la responsabilidad se reparte entre los socios en proporción a su aportación al capital social. Esto significa que María, que aportó 2.000 €, responderá por el 66,6% de la deuda y Pedro, que aportó 1.000 €, responderá por el 33,3% de la deuda, más el crédito público en sus respectivas proporciones.

Es importante tener en cuenta que los acreedores de la sociedad primero intentarán cobrar la deuda a la sociedad. Si la sociedad no puede pagar, entonces podrán ir tras los bienes personales de los socios, pero solo hasta el límite de su responsabilidad.

En este caso, como la deuda total de la sociedad (6.700 €) supera el capital social (3.000 €), los socios serán responsables de pagar la diferencia con sus bienes personales. Pero, ¿cómo se reparte? ¿De qué forma se hace para que no nos pidan más de lo que corresponda? ¿Podemos dejar de pagar? ¿Existen otras soluciones?

Es recomendable contactar con asesorías como Afixcal, la cual ofrece servicios integrales a las empresas, desde su constitución hasta otras cuestiones jurídicas, mercantiles, laborales, contables y fiscales.


Francisco Aranda Jiménez es el fundador de Afixcal, empresa creada en 2009. Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid, Francisco cuenta con una amplia experiencia en el campo de la asesoría fiscal y mercantil, después de más de 15 años asesorando a todo tipo de empresas.