Crear una Sociedad Limitada Profesional (SLP) en España implica seguir una serie de pasos legales y administrativos para cumplir con la Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales. A continuación, se detallan resumidamente los pasos necesarios para su constitución:
1. Comprobar la necesidad de una SLP
Antes de iniciar el proceso, es importante verificar si la actividad que se desea ejercer requiere una Sociedad Limitada Profesional. Esta forma jurídica es obligatoria cuando la actividad profesional está regulada y requiere titulación oficial y colegiación (ej.: abogados, arquitectos, médicos, economistas, ingenieros, etc.).
2. Obtención de la certificación negativa de denominación social
Sabiendo que el objeto social será la actividad profesional, es momento de solicitar al Registro Mercantil Central la certificación que confirme que el nombre elegido para la sociedad no está registrado.
- Se puede hacer presencialmente u online a través de la web del Registro Mercantil Central.
- La denominación debe incluir “Profesional” o “SLP” al final del nombre.
3. Redacción de los Estatutos Sociales
Los estatutos deben cumplir con la Ley de Sociedades Profesionales y reflejar aspectos clave como:
- Identificación de los socios profesionales y su titulación.
- Objeto social (debe ser exclusivamente la actividad profesional).
- Normas de transmisión de participaciones.
- Responsabilidad de los socios.
- Administración de la sociedad.
4. Escritura pública ante notario
La constitución de la SLP debe formalizarse ante notario mediante una escritura pública que incluya entre otros:
- Datos de los socios (mínimo uno, que debe ser profesional titulado).
- Capital social (mínimo 000 €, desembolsado totalmente).
- Estatutos aprobados.
- Certificación negativa de denominación social.
5. Inscripción en el Registro Mercantil y en el Registro de Sociedades Profesionales
- Presentar la escritura en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente
- También es necesario inscribirse en el Registro de Sociedades Profesionales del colegio profesional
6. Obtención del NIF y alta en Hacienda
- Solicitar el NIF provisional en la Agencia Tributaria con el modelo 036.
- Dar de alta la sociedad en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Declarar el régimen de IVA e impuestos aplicables.
7. Alta en la Seguridad Social
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social si va a contratar empleados.
- Afiliación y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para los socios profesionales.
8. Comunicación de inicio de actividad y licencias
- Presentar la declaración de inicio de actividad en la comunidad autónoma correspondiente.
- Solicitar las licencias necesarias para operar (si aplica).
9. Obtención del NIF definitivo
Tras completar todos los trámites, la Agencia Tributaria asignará el NIF definitivo.
En resumen, es importante tener en cuenta:
- Mínimo un socio profesional titulado.
- Capital social mínimo de 3.000 €.
- Objeto social exclusivo de la actividad profesional.
- Inscripción en el colegio profesional correspondiente.
Siguiendo estos pasos, sería posible constituir una Sociedad Limitada Profesional y comenzar a operar cumpliendo con la normativa vigente.
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