El holding familiar es una figura jurídica y empresarial que cada vez cobra mayor relevancia en el ámbito del derecho societario y la planificación fiscal y patrimonial. En términos generales, un holding es una sociedad matriz cuya principal función consiste en tener participaciones en otras sociedades, controlando y gestionando dichas inversiones desde una estructura centralizada.
Cuando hablamos específicamente de un holding familiar, nos referimos a una sociedad constituida y controlada por los miembros de una misma familia, cuyo propósito fundamental es organizar, conservar y transmitir el patrimonio empresarial y/o financiero del núcleo familiar. Esta herramienta permite centralizar las participaciones en las distintas empresas del grupo familiar bajo una única sociedad cabecera, favoreciendo una gestión más eficiente y coherente del conjunto del patrimonio.
La principal diferencia entre un holding familiar y otros tipos de holding radica en su naturaleza y finalidad. Mientras que los holdings tradicionales pueden tener una orientación meramente inversora, especulativa o estratégica, controlando sociedades con fines puramente comerciales o financieros, el holding familiar suele estar motivado por objetivos de largo plazo como la preservación del legado empresarial, la planificación sucesoria, la protección de activos y la optimización fiscal del patrimonio familiar.
Desde un punto de vista jurídico, el holding familiar no constituye una figura autónoma reconocida como tal por la ley, sino que se articula a través de sociedades mercantiles ordinarias (habitualmente sociedades de responsabilidad limitada o sociedades anónimas) que adoptan una estructura y unos estatutos específicos para cumplir con su función de vehículo de concentración y control patrimonial familiar.